Confuso, el nuevo régimen tributario para plataformas digitales.

Beatriz Sotelo

19/10/2020

La operación del nuevo régimen fiscal para plataformas digitales inicia con cierta confusión para los contribuyentes que quieren cumplir con sus obligaciones tributarias.

A partir de junio de este año que entró en vigor el nuevo régimen fiscal para las plataformas digitales extranjeras que operan en México, las empresas están obligadas a pagar impuestos y a hacer retenciones a los usuarios con quienes tiene un servicio de intermediación, esto con la intención de combatir la informalidad e incentivar el pago de impuestos en algunos sectores que no estaban regulados.

Las personas físicas que venden o prestan servicios a través de estas plataformas están sujetas a retener el impuesto sobre la renta (ISR) y el impuesto al valor agregado (IVA), la cual será pagada al SAT directamente por la plataforma, a cuenta del impuesto del contribuyente.

Algunos contribuyentes han expresado su opinión sobre la necesidad de hacer algunas adecuaciones al régimen de tributación para plataformas digitales, debido a que lo han considerado complejo y difícil de difícil cumplimiento fiscal, encontrando algunos conflictos como:

  • Inconvenientes en el registro del RFC.
  • Limitantes en las deducciones
  • Cálculo automático de impuestos con poca claridad legal
  • Complejidad en el pago de impuestos.
  • Plazos poco flexibles para cumplimiento de obligaciones.

Inclusive las empresas transnacionales que operan estas plataformas han informado de las dificultades que tienen para cumplir con el pago de los impuestos que retienen, debido al mecanismo como fueron creados.

Es importante considerar que la claridad en las reglas del régimen y su adecuación para hacer más ágil el esquema de tributación, facilitará la entrada y adopción del comercio electrónico en México, por lo que podría considerarse oportuno su adecuación en la próxima reforma fiscal 2021.

Fuente: El Contribuyente

Imagen de Freepik

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